El presente Código está integrado por normas que establecen la relación de los profesionales en Mantenimiento con las entidades, personas y actividades con los que se relacionen en el ejercicio de su Especialidad.
1.-Ejercer las tareas de Mantenimiento, así como las actividades a ellas vinculadas, con decoro, dignidad e integridad ,contribuyendo con su conducta a que en el consenso público se forme y mantenga un sentido de respeto hacia la Especialidad y quienes la ejercen , basado en la honestidad e integridad con que la misma se desempeñe.
2.-Abstenerse de recibir o conceder ,por sí o por terceros ,participaciones o beneficios ajenos a los Contractuales: o de solicitar influencia o usar de ella para obtener ,mantener o acordar la encomienda de trabajos de la Especialidad o de crear en su favor ,situaciones de privilegio para el cumplimiento de dichos trabajos.
3.-Abstenerse de difamar o denigrar a colegas en la Especialidad, o de contribuir en forma directa o indirecta ,a que otros lo hagan, con motivo de su actuación en la Especialidad. Se abstendrá para ello de emitir públicamente juicios adversos sobre su actuacion.
4.-Al anunciar sus servicios lo hará a través de medios cuyo decoro y discreción se adecuen al nivel de la Especialidad. Evitará en ello todo con- tenido jactancioso, absteniéndose de garantizar resultados que por razones técnicas, jurídicas , económicas o sociales sean de imposible o dudoso cumplimiento.
5.-Ejecutar todos los actos inherentes a la Especialidad de acuerdo a las reglas de su arte, procediendo con prudente diligencia. Las omisiones deliberadas o la comisión de actos contrarios al arte ,no serán excusables aunque se originen en órdenes de un superior , mandante o comitente.
6.-Abstenerse de aceptar la encomienda de tareas que impliquen, o de las que se deriven, hechos contrarios a la ley o al espíritu de este código, debiendo renunciar a la continuación de ellas si el conocimiento sobreviniera durante el tiempo de ejecución.
7.-Abstenerse de asociar su nombre y Especialidad en propagandas y actividades con personas que indebidamente aparezcan como especialistas o qué, por la forma adoptada, se induzca a terceros a suponer que lo sean.
8.-Mantener hacia los colegas en la Especialidad que a él se vinculen como colaboradores o empleados y sobre los que mantenga un poder de conducción ,un trato no discriminatorio en materia de condiciones de trabajo, oportunidades y relaciones humanas.
9.-Mantener secreto y reserva respecto de todo dato o circunstancia relacionada con el cliente o empleador, o con los trabajos que para él efectúen que sean de su conocimiento en virtud de la relación existente entre ambos, siempre y cuando no contravenga este código.
10.Actuar siempre honorable y lealmente, observando respecto de quienes le confiaron sus intereses la diligencia del buen administrador, manejan- do los fondos confiados con discreción, haciendo los pagos en tiempo y rindiendo cuentas claras, precisas y frecuentes.